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Perfil de contratante

Introducción

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad en los casos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público o por las normas autonómicas de desarrollo o en los que así se decida voluntariamente, los órganos de contratación difundirán, a través de Internet, su Perfil de Contratante. La forma de acceso al perfil de contratante se especificará en las páginas Web institucionales que mantengan los entes del sector público, en la Plataforma de Contratación del Estado y en los pliegos y anuncios de licitación.

El perfil de contratante de Emcanta incluirá los datos e informaciones referentes a la actividad contractual del órgano de contratación, tales como los anuncios de información previa, los procedimientos de contratación abiertos o en curso y la documentación relativa a las mismas, las contrataciones programadas, los contratos adjudicados, los procedimientos anulados y la adjudicación provisional de los contratos; así mismo, podrá incluirse cualquier otra información útil de tipo general, como puntos de contacto y medios de comunicación que pueden utilizarse para relacionarse con el órgano de contratación.

La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público reviste a EMCANTA de la condición de PODER ADJUDICADOR, por lo que a partir de ahora, la contratación de la Sociedad, cuando los contratos no tengan la consideración de armonizados conforme a la citada ley, se ajustará a las instrucciones que se adjuntan a continuación:

Documento de instrucciones internas de contratación Emcanta Intrucciones internas de contratación